El Pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que las concubinas de militares y marinos tienen derecho a recibir pensión y seguridad social con solo comprobar el vínculo con el elemento de las Fuerzas Armadas.

El Pleno protegió a las personas concubinas dentro de las Fuerzas Armadas, al reconocer que sus derechos no pueden depender de que quien pertenezca al Ejército o Marina reconozca a su concubino o concubina. Por ello, aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad por la cual se invalidó el artículo 160 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (ISSFAM), la primera en avalarse por la nueva Suprema Corte.

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