Cuando una empresa tiene 20 o más empleadas, el Código del Trabajo le impone la obligación de brindarles el derecho a sala cuna , lo que se traduce en contratar un establecimiento autorizado para que sus trabajadoras lleven a sus hijos, siempre que sean menores de dos años.

La compañía puede cumplir con su responsabilidad mediante tres maneras , ya sea manteniendo individualmente una sala cuna; en forma conjunta con otras entidades; o pagándole directamente al recinto donde la funcionaria lleva a su pequeño.

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