La decisión del juez Juan Carlos Peinado de que sea un jurado popular el que juzgue, en su caso a la esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez conviene analizarse en el contexto de toda la investigación. En sí misma, la posibilidad es parte del procedimiento natural para una serie de delitos que se considera pueden acabar siendo interpretados por un tribunal de estas características y no por uno profesional.

Según la Ley Orgánica 5/1995, relativa al Tribunal del Jurado, delitos contra las personas, la libertad, igualdad, el honor o aquellos cometidos por funcionarios públicos caben en esta competencia. Obviamente, el instructor considera que es esta última categoría la que compete, aunque para ello deba hilar con requiebros, algo que ha sido una constante en su instr

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