**¡Gran Oportunidad! Se Publica Reglamento para Retiro de AFP** La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha oficializado la publicación del reglamento operativo para el retiro extraordinario de fondos en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Este anuncio, realizado el 28 de septiembre, permite a millones de afiliados acceder hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/21.400, de sus cuentas individuales de capitalización (CIC). Este reglamento responde a la Ley N° 32445, que autoriza el octavo retiro de AFP. La SBS ha otorgado un plazo de 90 días calendario a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para recibir las solicitudes de los afiliados, quienes podrán presentar sus pedidos de manera virtual o presencial. La resolución establece que las plataformas digitales de cada AFP deben garantizar la seguridad y un acceso eficiente para completar el proceso sin contratiempos. Las AFP, como Integra, Habitat, Prima AFP y Profuturo, han recomendado a sus clientes mantener actualizados sus datos y utilizar la clave web para facilitar el trámite. El monto máximo autorizado para el retiro es de 4 UIT por afiliado, que se desembolsará en hasta cuatro armadas mensuales de una UIT cada una. Los pagos comenzarán 30 días después de ingresada la solicitud y se repetirán en intervalos de 30 días hasta completar el total solicitado o el monto máximo permitido. El reglamento también establece que las AFP deben crear canales digitales o físicos para el ingreso y seguimiento de las solicitudes, y comunicar cualquier requerimiento adicional al usuario. La ley beneficia a todos los afiliados activos, desempleados y próximos a jubilarse, sin restricciones de edad o situación laboral. Los afiliados pueden desistir del retiro en cualquier momento antes de la entrega del siguiente desembolso, siempre que informen a su AFP con al menos 10 días de antelación. En caso de deudas alimentarias, las AFP deberán retener hasta un 30% de cada pago para cumplir con estas obligaciones. Para los afiliados en el extranjero o con imposibilidad física, las AFP deberán habilitar canales adecuados que aseguren la recepción de las solicitudes bajo protocolos de seguridad digital. La SBS, bajo la supervisión de Sergio Javier Espinosa Chiroque, ha establecido que el reglamento entrará en vigencia el 21 de octubre de 2025. A partir de esa fecha, se podrán presentar formalmente las solicitudes de retiro. Jorge Carrillo Acosta, profesor de finanzas de la Pacífico Business School, estima que los primeros desembolsos llegarían en noviembre, siguiendo la experiencia de los anteriores siete retiros. Así, la primera UIT se abonaría alrededor del 5 de noviembre, la segunda el 5 de diciembre, la tercera el 4 de enero y la última el 3 de febrero de 2026. El reglamento también adapta normativas contables y operacionales para reflejar el movimiento extraordinario de fondos y asegurar la correcta contabilización en las cuentas individuales de los afiliados. La SBS ha señalado que esta publicación representa el último paso administrativo necesario para habilitar el octavo retiro de AFP. Más de 8 millones de afiliados podrían beneficiarse de esta opción de acceso a sus cuentas individuales, que se presenta como una alternativa de liquidez en medio del repunte inflacionario. El reglamento está disponible para consulta pública en los portales oficiales de la SBS y las AFP, y se espera la difusión de cronogramas y mecanismos operativos específicos de cada administradora.
¡Gran Oportunidad! Se Publica Reglamento para Retiro de AFP

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