**Extradición de venezolano por abuso a sus hijas** La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha declarado procedente la extradición de César Augusto Fuentes Velásquez, capturado en Madrid, España. Esta decisión se basa en una notificación roja emitida por Venezuela en agosto de 2025. La magistrada Carmen Marisela Castro, junto a sus colegas Elsa Gómez y Maikel Moreno Pérez, redactó la sentencia N° 548 que respalda esta acción. Los hechos que motivan la solicitud de extradición se remontan a mayo de 2024, cuando la esposa de Fuentes Velásquez denunció violencia de género en la División de Investigaciones Penales de la Policía Nacional Bolivariana (PNB). Durante la denuncia, su hija reveló que había sido víctima de abusos por parte de su padre desde los cinco años. Esta declaración llevó a la madre a presentar una denuncia formal ante el Ministerio Público, donde se detallaron los maltratos sexuales sufridos por las menores. El 11 de noviembre de 2024, el Tribunal 8° de Control con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de Caracas emitió una orden de aprehensión contra Fuentes Velásquez, quien no pudo ser localizado. Las autoridades venezolanas solicitaron la ayuda de Interpol para rastrearlo. El 11 de septiembre de 2025, Interpol-España notificó que Fuentes Velásquez había sido detenido en su país. A raíz de esta detención, el Ministerio Público activó el procedimiento de extradición, que fue aprobado el 15 de septiembre por el ente judicial correspondiente. Los magistrados del TSJ revisaron el expediente y confirmaron que se cumplían los requisitos necesarios para solicitar la extradición ante el Reino de España. La decisión se fundamenta en el Tratado de Extradición firmado entre España y Venezuela en 1989, que establece la entrega recíproca de personas buscadas por delitos. La solicitud incluye una experticia psicológica forense realizada a las menores víctimas, que respalda las acusaciones. Los magistrados concluyeron que existen "razones suficientes de hecho y de derecho" para juzgar a Fuentes Velásquez en Venezuela. Además, se ratificó la prohibición de realizar juicios en ausencia del imputado, conforme al artículo 49 de la Constitución y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Si España accede a la extradición, Fuentes Velásquez enfrentará cargos por abuso sexual a menores sin penetración, un delito que puede conllevar penas de 15 a 20 años de prisión, según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ley establece que los actos sexuales con menores, especialmente si implican penetración, son severamente castigados, aumentando la pena si el autor ejerce autoridad sobre la víctima.
Extradición de venezolano por abuso a sus hijas

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