El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado en su mayor parte la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo sobre ley de amnistía , al concluir que su aplicación al delito de desórdenes públicos agravados es constitucional.

Sí estima, en cambio, la cuestión de inconstitucionalidad en un único aspecto, que ya abordó el pasado mes de junio en la sentencia por la que avaló el grueso de la norma en respuesta al recurso del PP, en el sentido de que considera que la norma es discriminatoria en tanto que contempla el perdón para quienes cometieron delitos en apoyo del procés, pero no para los que actuaron contra él.

La sentencia, dada a conocer este miércoles, cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo,

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