La Corte Suprema acogió el recurso de amparo impetrado, ordenó reabrir procedimiento y resolver en derecho solicitud de residencia temporal de niña migrante.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal revocó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción constitucional de amparo.
“ Que, el principio de interés superior del niño, niña y adolescente engarza dentro de aquellas pautas jurídicas de primera línea a la hora de resolver cualquier asunto en que se vea involucrado un menor de edad y que presenta una palmaria recepción en las diversas ramas del derecho y, por cierto, que en la estructura normativa interna como internacional, como queda reflejado, entre otros, en la Convención Internacional de los Derechos del Niño. De ahí