Las principales características de la norma que se aprobó en ambas cámaras del Congreso uruguayo.

este miércoles tras un extenso debate legislativo. La ley prevé que puede optar por la muerte digna toda persona mayor de edad "psíquicamente apta" que "curse la etapa terminal de una patología incurable e irreversible o que como consecuencia de patologías o condiciones de salud incurables e irreversibles padezca sufrimientos que le resulten insoportables, en todos los casos con grave y progresivo deterioro de su calidad de vida". Las claves de

De acuerdo con la norma, quien quiera recibirla "deberá solicitarla personalmente a un médico, por escrito, que firmará en su presencia" o, en caso de que no pueda firmarlo, pidiéndole a otra persona mayor de edad "en presencia del solicitante y d

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