El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho de los miembros de la Junta Directiva de un Colegio de Médicos a disfrutar de los permisos retribuidos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para cumplir el “deber inexcusable de carácter público” que les permita ejercer las funciones propias de su cargo, según informa el Colegio de Médicos de Cádiz en nota de prensa.
El TSJA acepta la interpretación y razonamientos de esa primera sentencia ya favorable al Colegio de Médicos y declara manifiesto que dicho cargo es "una designación personal, elegido por sufragio universal, libre, directo y secreto” y que por tanto no puede ser sustituido por ninguna otra persona.
El Superior de Justicia andaluz se muestra contundente al considerar que “los médicos que actúan