A tres días de que entró en vigor la reforma a la Ley de Amparo , la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la aplicó por primera vez este lunes para resolver una contradicción de criterios entre las extintas primera y segunda salas, determinando que ministros y magistrados no pueden ser apartados de un juicio por asuntos “accesorios” , como recusaciones o trámites que no inciden en el fondo del caso.

La resolución

Con siete votos contra uno , el pleno declaró sin materia la contradicción, en acato a la reforma que establece en su artículo 59, fracción II , que debe desecharse toda recusación presentada con el propósito de entorpecer o dilatar un procedimiento .

Este criterio impactará directamente en los casos en que se interpongan recursos con ese fin, incluid

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