Recientemente la Corte Constitucional declaró exequible un proyecto de ley estatutaria que busca frenar el cobro de deudas y de reportes negativos en centrales de riesgo a los ciudadanos cuando son víctimas de suplantación de identidad.
El proyecto establece un mecanismo claro para que las víctimas se defiendan ante bancos, empresas de telecomunicaciones u otros comercios. Explicando que cuando una persona se entere de que fue suplantada, debe informar de inmediato a la entidad. En cuanto la empresa es informada, debe suspender inmediatamente el cobro del bien o servicio, incluyendo los intereses y los gastos de cobranza asociados.
“Una vez suspendido el cobro, la persona afectada tiene un plazo de veinte (20) días hábiles para interponer la denuncia formal ante la Fiscalía por el delito