El Segundo Tribunal Ambiental mantuvo la multa de $1.230 millones a Olivares de Quepu por modificar su proyecto sin autorización ambiental en Pencahue.
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por Inversiones Guanabara Apoquindo S.A. (ex Olivares de Quepu), confirmando la multa de 1.500 UTA , equivalente a $1.230 millones , impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) . La sanción responde a modificaciones no autorizadas en su planta de aceite de oliva ubicada en Pencahue, región del Maule , sin contar con la debida Resolución de Calificación Ambiental (RCA) .
El fallo —dictado por los ministros Marcela Godoy Flores , Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos — determinó que la SMA cumplió con lo ordenado en la sentencia

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