La veda electoral comenzó a las 8 de hoy, por lo que no se podrá difundir publicidad electoral ni realizar actos públicos políticos, entre otras actividades, hasta el cierre de los comicios.

Esta medida está enmarcada en el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), que contiene las prohibiciones de las actividades que no pueden llevarse a cabo tanto en las horas previas como durante la jornada electoral, con el objetivo de garantizar un proceso electoral transparente y proteger el voto de los ciudadanos.

Algunas de esas actividades, circunscriptas en el artículo 71 de la ley, son los actos de proselitismo político; la publicidad de partidos o candidatos; la publicación de encuestas y sondeos preelectorales y la venta de bebidas alcohólicas (desde la noche anterior a la elección), entre otr

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