La sentencia, emitida por el Tribunal de Casación de la ciudad de Uşak, en el oeste de Turquía, establece que el hombre deberá pagar una indemnización por daños materiales y morales . La controversia surgió durante los trámites de divorcio, cuando se reveló cómo el demandado tenía agendado el contacto de su entonces pareja.

El nombre en cuestión era "Tombek" , un término turco que puede traducirse al español como "gordita". La mujer argumentó ante el tribunal que este apelativo era denigrante y despectivo, y que constituía una muestra más del maltrato psicológico que aseguraba haber sufrido durante su matrimonio.

Los magistrados consideraron probado que el uso de este apodo suponía un menoscabo a la dignidad de la exesposa. En su fallo, determinaron que el hombre era culpable y l

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