La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha confirmado de manera definitiva dos condenas contra Guillermo Moreno, exsecretario de Comercio Interior durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Este fallo implica su inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos. La decisión fue tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron los recursos presentados por la defensa del exfuncionario.

Las condenas se relacionan con dos casos distintos. El primero, conocido como el "caso Papel Prensa", se refiere a un incidente ocurrido el 12 de agosto de 2010, cuando Moreno irrumpió en una asamblea de accionistas de la empresa con guantes de boxeo y un casco de sparring. Durante esta reunión, profirió amenazas que llevaron a la suspensión de la votación. El Tribunal Oral Federal N°8 lo condenó en 2022 a dos años de prisión en suspenso y seis meses de inhabilitación por amenazas coactivas. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó esta condena en 2023, argumentando que "la responsabilidad del condenado fue fundada en diversos elementos probatorios".

El segundo caso, conocido como el "cotillón anti Clarín", se inició en 2013 y se centró en la utilización de fondos públicos para producir y distribuir artículos de propaganda con consignas hostiles hacia el Grupo Clarín. En este caso, el Tribunal Oral Federal N°7 condenó a Moreno en 2017 a dos años y medio de prisión en suspenso y a la inhabilitación perpetua. La justicia determinó que estos gastos fueron cubiertos con fondos del Mercado Central de Buenos Aires, lo que constituyó un delito de peculado e incitación a la violencia colectiva. Esta condena fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal en 2019.

Con ambas sentencias firmes, los tribunales orales ahora deberán decidir si unifican las penas, lo que podría resultar en una condena total de más de tres años de prisión, convirtiéndola en de cumplimiento efectivo. Moreno, quien se destacó por su estilo confrontativo durante su gestión, también había sido absuelto en un proceso anterior por la supuesta perturbación de una asamblea del Grupo Clarín en 2013. La Corte, al declarar "inadmisibles" los planteos de la defensa, ha cerrado definitivamente ambos expedientes, estableciendo un precedente sobre los límites jurídicos al uso de recursos públicos con fines ajenos al interés estatal.