Al impedir la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) la transmisión de mensajes institucionales presidenciales por la televisión pública o privada, claramente está ejerciendo una forma directa de censura que viola mis derechos fundamentales como ciudadano a recibir información de interés . Mi libertad de información está consagrada en la Constitución de 1991 (Art. 20), mediante la cual se garantiza mi derecho fundamental a recibir información veraz e imparcial, y que en Colombia no habrá censura . El artículo dispone: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial…” .
En una democracia, el acceso a la información pública y la libertad de expresión son pilares esenciales

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