En los autos “R.N.S. c/ ARCA – DGI s/ nulidad de acto administrativo”, la contribuyente había obtenido en primera instancia la nulidad de la resolución que la excluyó del régimen simplificado para pequeños contribuyentes. El juez de grado había entendido que la administración tributaria había vulnerado su derecho de defensa y el principio de congruencia al modificar el período fiscal sobre el cual basó la exclusión.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (actual ARCA) apeló la decisión, argumentando que la exclusión se produjo “de pleno derecho” al verificarse ingresos superiores al tope legal de la categoría K, y que el acto administrativo se limitó a comunicar un hecho constatado por el sistema informático.
El conflicto se centró en un detalle técnico: la ARCA calculó los ingre

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