“En relación con la petición de que la sentencia sea dictada hasta que la autoridad correspondiente ajuste el crédito fiscal, dígase a la recurrente que no existe disposición legal que faculte al ministro presidente suspender el dictado del fallo, máxime que en salvaguarda de la garantía de acceso a la justicia este tribunal debe velar por que se cumplan los plazos y términos establecidos en las normas aplicables y emitir sus resoluciones de manera pronta”, resolvió la Corte, de acuerdo con sus estrados.

Es la misma resolución a la que llega el Ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Morales, en siete amparos directos en revisión: dos de TV Azteca y cinco de Grupo Elektra, publicados este martes en estrados como parte de las notificaciones a las empresas de Salinas Pliego, aunque

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