Las empresas generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a pagar utilidades a sus trabajadores. Pero un nuevo dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República ampliaría esta grupo de trabajadores beneficiados.
El dictamen es el de la Ley que modifica el artículo 2º del Decreto Legislativo 892 , que regula el derecho a los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría.
Este cambia el texto para incluir dos cambios, incluir un aumento progresivo para las utilidades de las empresas agrarias y las de hidrocarburos . Desde el 2027, las primeras deberán destinar el 10% de sus ganancias, mientras que desde el 2028 será de 8% para las petroler

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