La Corte protege a quienes sufrieron suplantación de identidad, garantizando que no paguen deudas generadas por fraudes digitales.

Además de enfrentar la frustración de haber sido víctimas de fraudes bancarios, muchos colombianos también debían asumir los cobros que las propias entidades financieras les exigían por esas operaciones fraudulentas.

Ese panorama cambió con la decisión de la Corte Constitucional, que avaló la Ley Estatutaria 190 de 2022 (Cámara) y 303 de 2023 (Senado), aprobada por el Congreso y pendiente de revisión. Con esta decisión, los bancos ya no podrán cobrar a los ciudadanos afectados por fraudes digitales y suplantación de identidad.

El propósito de la nueva normativa es proteger a las personas cuyas identidades hayan sido utilizadas para solicitar créditos u otros

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