Publican ley que tiene por objeto establecer mecanismos excepcionales que garanticen la continuidad formativa de los estudiantes afectados por la denegatoria de licencia institucional de universidades asociativas sin fines de lucro creadas por ley.
La norma se aplica únicamente a las universidades asociativas sin fines de lucro creadas por ley, con licencia institucional denegada mediante resolución firme emitida por la Sunedu, además de encontrarse en proceso de cese de actividades conforme al Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado.
Asimismo, solo están considerados los estudiantes matriculados afectados por el proceso de cese de actividades a la fecha de entrada en vigor de la presente ley.
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