La expresión fue demandada por presuntamente inducir al consumidor a creer que el alcohol solo es nocivo en exceso.
La Corte Constitucional declaró exequible la expresión «el exceso de», contenida en la etiqueta de las bebidas alcohólicas.
El enunciado señala que «el exceso de alcohol es perjudicial para la salud». En la decisión se considera que la expresión no desconoce los derechos a la información ni a la salud del consumidor.
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