Ciudad Juárez.- Con la llegada de diciembre muchos trabajadores esperan ansiosos el pago de la última prestación del año: el aguinaldo.
Dicha prestación está estipulada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, por ello el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre.
De acuerdo a la misma ley, el pago mínimo para los empleados que trabajaron todo el año en la misma empresa es de 15 días, los que no hayan cumplido este periodo recibirán un pago proporcional a lo laborado.
Este artículo en la ley también respalda a los siguientes trabajadores para recibir este pago.
Empleados de base o de planta.
Trabajadores temporales o eventuale.
Personal sindicalizado.
Comisionistas que trabajan bajo supervisión (como vendedores o agentes de seguros).
Personas contratadas por honorari

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