Por mayoría de votos, el Pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó todo el sistema normativo que impedían acceder al aborto a niñas y adolescentes víctimas de violencia familiar o sexual en el estado de Tlaxcala.

De esta forma, el máximo tribunal del país estableció que los derechos de salud y autonomía de las víctimas menores de edad en dicha entidad son de obligación general, eliminando así todas las barreras legales que existían para su acceso a servicios médicos.

La sentencia se dio a raíz de la acción de inconstitucionalidad (89/2024), promovida por el Poder Ejecutivo Federal a través de la cual demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 21 de marzo de 2

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