Como cada año, el mes de diciembre es muy esperado tanto por trabajadores en relación de dependencia, empleadas de Casas Particulares, como por jubilados y pensionados, porque es uno de esos meses en el que todos ellos reciben unos pesos extras. Es que el sexto mes del año llega con el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) , o más conocido como aguinaldo.
Esta es la segunda cuota, la primera se cobra en junio, y en ambos casos se recibe el 50% de la mayor remuneración mensual percibida por cada trabajador, tomando cada semestre. En el caso del primer pago , la fecha límite para cobrarlo es el 30 de junio, aunque puede en algunos casos extenderse hasta los primeros días de julio .
En el segundo caso, el aguinaldo debe pagarse antes del 18 de diciembre,

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