La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que el bloqueo de los fondos de una cuenta, por parte de un banco, no es un acto de autoridad y, por ello, contra dicha acción no procede el juicio de amparo.
A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, al resolver una contradicción de criterios, los ministros resolvieron que para este caso debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, un criterio de la propia SCJN.

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