Vialidad Nacional dispuso que las entidades con personería jurídica reconocida no deberán abonar aranceles por el uso de la zona de camino durante peregrinaciones, pero sí deberán cumplir obligaciones.

Vialidad Nacional dispuso que las entidades con personería jurídica reconocida no deberán abonar aranceles por el uso de la zona de camino durante peregrinaciones, pero sí deberán cumplir obligaciones.

La Dirección Nacional de Vialidad estableció que las organizaciones religiosas quedarán exentas del pago del canon cuando realicen peregrinaciones en rutas nacionales, siempre que acrediten personería jurídica y gestionen el permiso correspondiente para usar la zona de camino. La Resolución 1898/2025 alcanza a entidades reconocidas bajo el artículo 146 del Código Civil y Comercial y la Ley

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