El Gobierno avanza con su reforma laboral, apoyada por sectores empresariales, en medio de intensos debates y negociaciones. Un nuevo borrador ha comenzado a circular, presentando los lineamientos generales del proyecto de modernización que busca aprobar el oficialismo. La discusión se centra en el Consejo de Mayo, donde participan funcionarios, empresarios y representantes sindicales, aunque estos últimos han intensificado su oposición al texto propuesto.
El borrador actualizado introduce modificaciones en varios aspectos del derecho laboral. Se regulan regímenes especiales y se modifican procedimientos judiciales relacionados. Entre los temas destacados se encuentran las vacaciones, beneficios sociales, licencias por enfermedad y nuevas reglas para indemnizaciones. También se incluyen capítulos sobre la regulación del trabajo en plataformas digitales.
En cuanto a las vacaciones, el texto reafirma el derecho de los trabajadores a un período anual de vacaciones pagadas, conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. La novedad es que empleador y trabajador podrán acordar, de manera individual o colectiva, la extensión del período vacacional, siempre respetando los mínimos legales. Según el borrador, “el empleador deberá conceder el goce de vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente”. Además, se establece que la fecha de inicio de las vacaciones debe ser notificada por escrito al trabajador con al menos 45 días de antelación.
El texto también contempla la acumulación de días de vacaciones en situaciones excepcionales, permitiendo que la autoridad de aplicación autorice esta acumulación a solicitud de las partes. Asimismo, se introduce la opción de fraccionar el goce de las vacaciones, lo que permite mayor flexibilidad en función de las necesidades familiares y productivas.
En relación al banco de horas, se establece que “las convenciones colectivas de trabajo, respetando los mínimos indisponibles de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, podrán establecer regímenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producción”. Esto incluye la posibilidad de disponer colectivamente del régimen de horas extras y francos compensatorios. La reducción de la jornada máxima legal solo se aplicará cuando lo establezcan las disposiciones nacionales o los convenios colectivos.
El borrador también menciona que los convenios colectivos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima en base a promedios, siempre que se respeten los descansos mínimos. Además, se podrá utilizar el banco de horas para compensar jornadas laborales, siempre que no se supere el máximo legal de la jornada semanal.
La reforma laboral sigue generando controversia y su futuro dependerá de las negociaciones entre las partes involucradas.

Noticias de Argentina

El Liberal
El Destape
Río Negro News Política
Diario Puntal
Tres Lineas
Diario Panorama
Raw Story