La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Corporación Educacional de Adulto Patagonia en contra de la Superintendencia de Educación, que le impuso una sanción de privación parcial y temporal del 10% de la subvención general por 2 meses.
La reclamante argumentó que la decisión era ilegal por no aplicar la prescripción extintiva de la potestad sancionadora establecida en el artículo 86 de la Ley N°20.529, que fija un plazo de 6 meses desde que se cometió el hecho.
Por su parte, la Superintendencia de Educación sostuvo que la sanción se ajustaba a derecho, pues el plazo de prescripción debía contarse desde la fecha del acta de fiscalización (17 de marzo de 2023), cuando tuvo conocimiento ef

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