Una ley impulsada por la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, insinúa que existe pornografía «consentida» con menores de edad en España. Así consta en el proyecto de Ley Orgánica para la protección de los niños en los entornos digitales que, desde el pasado mes de abril, está paralizada en el Congreso . La norma, que cuenta con el respaldo del Gobierno , llama a prevenir todo tipo de « violencias sexuales ».

La iniciativa de Rego, que busca elevar la edad mínima de los menores de los 14 hasta los 16 años para acceder a las redes sociales, no es otra que una actualización del marco legislativo para su protección, con el fin último de restringir su acceso a determinados contenidos a través de Internet. Lo que se busca con esta medida es, en definitiva, garantizar el derecho a la intimidad, al honor y al desarrollo seguro de los niños en el espacio digital.

Para ello, la normativa propone medidas como exigir a los equipos fabricantes de terminales digitales incluir en sus sistemas operativos la funcionalidad del « control parental » para que los usuarios -en este caso padres o tutores legales de los niños-, puedan «restringir» o «controlar» su acceso a contenidos que, por el prejuicio que les pueda ocasionar, no sean adecuados para su edad.

Uno de los puntos más controvertidos del proyecto de Ley ha sido precisamente aquel en el que basa su justificación. Según el texto redactado por el equipo que dirige la ministra Rego, la norma se configura a fin de «prevenir las violencias sexuales en el ámbito digital, que comprenden la difusión de actos de violencia sexual a través de medios tecnológicos, la pornografía no consentida y la extorsión sexual, incluyendo la apología de estas conductas».

No obstante, es la referencia a la existencia de «pornografía no consentida» con la que el Gobierno admite la difusión de material erótico entre niños y adolescentes hasta los 16 años. Un problema que no se había contemplado y que ahora, ponen sobre la mesa. Los de Sánchez, con ello, dan carta de naturaleza a que sí exista la difusión, publicación o intercambio de vídeos e imágenes sin que haya consentimiento previo por parte de la persona perjudicada. En este caso, los menores.

Un delito, el de la pornografía infantil, tipificado en el Código Penal con penas que van de uno a cinco años de prisión. Incluso, pesaría condena también sobre aquellos que difundieran imágenes aun después de haber contado con el consentimiento de la persona. No obstante, no obtendría tras ello el permiso de la afectada para su difusión.

Sin apoyos parlamentarios

La medida estrella de la ministra Rego, integrante del grupo Sumar, lleva desde el pasado mes de abril a la espera de avanzar en su trámite parlamentario. Son ya casi ocho los meses que, semana tras semana, ha venido sufriendo sucesivas ampliaciones a su plazo de presentación de enmiendas.

Una treta, avalada por la presidenta socialista de la Cámara Baja, Francina Armengol , que se ha realizado con el único fin para, en caso de someterse a votación en el pleno, no decayera al no contar con una mayoría suficiente para avalarla. A finales del mes de noviembre se dio por agotada esta medida -ampliar el tiempo para que los distintos grupos parlamentarios presentasen su propuestas de mejora a la norma-.