La tarde de este 11 de diciembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las fotografías para pasaportes podrán tomarse utilizando hiyab u otras prendas religiosas, siempre que el rostro permanezca visible .

Esta decisión responde a los amparos en revisión 499/2024 y 418/2025. Esto establece que la exigencia de mostrar la cabeza descubierta no debe aplicarse de forma estricta cuando la identificación es posible .

El Pleno de la SCJN subrayó la importancia de proteger el derecho a la libertad religiosa y evitar cualquier forma de discriminación en los procedimientos de identificación oficial.

La medida implica que las autoridades deberán permitir el uso de vestimenta religiosa en las fotografías oficiales , siempre que no se oculte

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