La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las personas podrán aparecer con hiyab u otras prendas religiosas en fotografías para pasaportes, siempre que el rostro sea completamente visible . La decisión, emitida la tarde del 11 de diciembre , deriva de la revisión de los amparos 499/2024 y 418/2025 , y establece que la exigencia de mostrar la cabeza descubierta no debe aplicarse de manera estricta cuando la identidad de la persona puede verificarse sin dificultad. La información fue difundida tras la sesión del Pleno del máximo tribunal.
El fallo subraya que esta interpretación protege el derecho a la libertad religiosa , evita prácticas discriminatorias en trámites oficiales y obliga a las autoridades a garantizar un acceso igualitario a documentos de

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