El límite de tres años de edad hasta el cual los hijos e hijas de mujeres privadas de la libertad pueden vivir con ellas, establecido por la Ley Nacional de Ejecución Penal de México, es violatorio de los derechos de la niñez, así como en relación al derecho a los cuidados.

Así lo documentaron las organizaciones CEA Justicia y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) desde que en 2023 presentaron un amparo indirecto ante las reformas que homologaban ese criterio de edad para todo el país, cuando en varias entidades, incluida la Ciudad de México, antes se consideraba hasta los seis años de edad.

Al final, el recurso legal fue desestimado y el tope de los tres años quedó impuesto a nivel nacional, lo que en aquel momento dejó en omisión a varias infancias que superaban es

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