La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las imágenes generadas con inteligencia artificial (IA) no son susceptibles de ser registradas como obras con derechos de autor en México , al considerar que la creatividad, la originalidad y la expresión artística son atributos exclusivos de las personas físicas.
En su fallo, la Segunda Sala del Máximo Tribunal determinó que los productos creados por sistemas de IA carecen de intelecto, sentimientos y experiencias , elementos indispensables para que una obra sea considerada como expresión de individualidad y personalidad de su autor.
La Corte aclaró que sí es posible registrar el software o los programas informáticos que permiten el desarrollo y mejora de la inteligencia artificial, pero no así los resultados generados po