Juzgar al poder no es fácil. Si se trata de delitos, el Código Penal prevé y describe las conductas delictivas y la dificultad de enjuiciarlas es doble. Una es obvia: apreciar hasta qué punto la conducta investigada o, en su caso, enjuiciada, se ajusta a lo que el Código Penal castiga. La otra es distinta: según el peso político del afectado, el juez puede toparse con una indeseable expectación mediática, juicios paralelos, etc., algo aguantable a base de profesionalidad, discreción y buen hacer.
El juez penal se encontrará esporádicamente con casos que involucren a políticos, no así el juez contencioso-administrativo. A diario juzga no a quien ejerce el poder, sino el ejercicio del poder. Y en esa labor lo normal serán asuntos sin especial relieve, en mayor o menor medida relevantes para