Pocos lo saben, pero existe un recurso legal en el testamento que puede ahorrar a los herederos un enorme dolor de cabeza: destinar el tercio de libre disposición al pago del Impuesto de Sucesiones. Esta cláusula, prevista en la normativa española, funciona como un “salvavidas” financiero, porque permite que el propio caudal hereditario cubra el tributo sin que los beneficiarios tengan que poner dinero de su bolsillo.

La clave está en entender cómo se divide una herencia en España. El patrimonio del fallecido se reparte en tres tercios: la legítima estricta (reservada obligatoriamente a los herederos forzosos), el tercio de mejora (que también suele beneficiar a los descendientes, pero con más flexibilidad) y el tercio de libre disposición, que el testador puede asignar a quien quiera, si

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