El voto particular de Héctor Alejandro Treviño de la Garza, presidente del Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Octavo Circuito , que forma parte del engrose de la resolución de dicha instancia sobre el caso VANGUARDIA, señala que el juicio mercantil inicial contra Grupo VANGUARDIA era “improcedente ”, ya que carecía de los requisitos y pruebas necesarias establecidas en el Código de Comercio.
El jueves 14 de agosto, el Tribunal falló en contra del Amparo Directo 63/2025 promovido por Grupo VANGUARDIA, en el cual se sustentó que la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila validó un adeudo “inferido”, sin que obre en autos un título ejecutivo –requisito de ley– que confirmara una deuda cierta, líquida y exigible, por un crédito