Si bien el Consejo Nacional Electoral avaló la personería jurídica del partido Gente en Movimiento del exministro y precandidato Mauricio Lizcano, el Consejo de Estado anuló la decisión.

¿Qué viene tras el fallo que dejó en firme la elección de José Ismael Peña como rector de la UNAL?: las razones del Consejo de Estado

La Sala, con ponencia de la magistrada Gloría María Gómez Montoya, concluyó que se incurrió en falsa motivación y violó el artículo 108 de la Constitución, que establece que los grupos significativos de ciudadanos solo pueden convertirse en partidos políticos si obtienen al menos el 3 % de los votos válidos a nivel nacional en elecciones legislativas.

El CNE había justificado su decisión argumentando que Gente en Movimiento había sido víctima de violencia política, princi

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