Zurda
Momento presidencial estelar
Ruth Zavaleta Salgado
Si los diputados ejercieran fehacientemente las facultades que establece el artículo 74 de la Constitución, el Poder Ejecutivo estaría obligado a rendir verdaderas cuentas del ejercicio de gobierno en el Informe que presenta año con año. Las facultades exclusivas de ese artículo establecen un círculo virtuoso que comienza con la facultad para aprobar o no, el nombramiento del secretario de Hacienda; después, recibir y aprobar o no, el Plan Nacional de Desarrollo (PND). Luego, cada año, aprobar el presupuesto de gasto del año siguiente. Finalmente, tienen la facultad de fiscalizar el uso de los recursos públicos (cuenta pública). Ése es el contexto bajo el cual el Poder Ejecutivo está obligado a entregar un Informe anual por escri