El magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse, del Tribunal Constitucional (TC), defendió la figura del control difuso en una reciente entrevista en el programa Prueba de fuego. Gutiérrez Ticse afirmó que esta herramienta jurídica está respaldada por la Constitución y negó que su uso por parte de los jueces constituya prevaricato.

La declaración del magistrado surge en el contexto de la decisión del Poder Judicial de rechazar la aplicación de la Ley de Amnistía, que beneficiaría a ocho exmiembros del Ejército investigados por presuntos delitos de abuso de autoridad, tortura y violencia sexual contra 15 comuneros en las provincias de Antabamba (Apurímac) y Chumbivilcas (Cusco) en 1990.

Durante la entrevista, Gutiérrez Ticse explicó que el artículo 138 de la Constitución otorga a los jueces la facultad de apartarse de una ley cuando consideran que su aplicación puede resultar en un acto arbitrario o inconstitucional. "El juez es el único que, finalmente, puede apartarse de una ley cuando en un caso concreto considera que aplicar una norma puede generar un acto arbitrario o inconstitucional", aseguró.

A pesar de que algunos legisladores han calificado de "prevaricato" el actuar de los jueces que decidieron no aplicar la norma, el magistrado sostuvo que su interpretación es contraria. "No es prevaricato. Considero que está en la Constitución y en el Código Procesal Constitucional. Está en esa potestad del juez de inaplicar una ley haciendo control difuso al caso en concreto", explicó.

En el marco de este debate, la Fiscal de la Nación, Delia Espinoza, ha anunciado su intención de interponer una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía. Esto llevará a una revisión por parte del Tribunal Constitucional, que deberá pronunciarse sobre la validez de la ley y su aplicación.

Gutiérrez Ticse aclaró que, una vez que el Tribunal Constitucional declare la constitucionalidad de una ley, ya no se podrá ejercer control difuso. "El sistema señala que una norma se presume constitucional, por lo tanto los jueces, por regla, deben aplicarla. Pero si la consideran inconstitucional en un caso concreto, los jueces tienen la potestad del control difuso de inaplicarla", detalló.

Este proceso podría establecer un nuevo marco normativo que los jueces deberán seguir, dependiendo de la decisión del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Amnistía.