El pabellón patrio es obligatorio los días 18 y 19 de septiembre. El no hacerlo, o instalarla de forma incorrecta contempla infracciones que fluctúan entre una a cinco UTM.

A pocas horas del inicio de Fiestas Patrias, Carabineros de Chile recuerda a la comunidad la correcta forma de instalar el pabellón nacional, cuyo izamiento es obligatorio los días 18 y 19 de septiembre.

La Ley 20.537 -promulgada el año 2011- en su artículo 2° sobre el uso e izamiento del Pabellón Patrio, establece que “la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamentan su uso o izamiento”, evitando de esta manera exponerse a infracciones que oscilan entre una y cinco UTM, estos es entre $69.265 mil y

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