Esta nota de opinión se redacta cuando aún no se ha pronunciado el discurso presidencial , por cadena nacional, en el que se brindará informe sobre el proyecto de presupuesto general de la Nación para el año 2026.
El propósito fundamental de esta nota es poner de relieve las facultades que la Constitución Nacional otorga al Poder Legislativo, que -lo decimos una vez más- es el primero de los tres poderes del Gobierno Federal que regula la Constitución Nacional, lo que asigna su importancia y su correspondencia con el esquema constitucional, ya que en ese poder es donde se expresa, en plenitud, la voluntad popular y la relación pueblo-representantes, signada por dos de sus cláusulas, la que define al pueblo como titular de la soberanía (art. 33, C.N.) y que el pueblo no delibera ni gobie