La Junta Electoral Central, en reunión celebrada en su sede del Congreso de los Diputados, ha acordado acceder a lo solicitado por la Dirección General de Política Interior para que la versión digital del DNI sea un medio de acreditación de la identidad del votante válido por ser un documento oficial que incluye la fotografía del votante, conforme establece el artículo 85.1 LOREG.
Por ello, pide que este criterio conste en los Manuales de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales a utilizar en las próximas comicios que se celebren.
Por otra parte y en relación con la solicitud del PP de la elaboración de un estudio sobre las garantías existentes y posibles
mejoras en el traslado y custodia del voto por correo hasta su entrega a las mesas electorales el día de la