La Sala Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó sin piso una acción de tutela instaurada por los congresistas del Pacto Histórico David Racero y Heráclito Landinez contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) porque les entregó la personería jurídica del Partido Progresistas, pero condicionada.
Según los magistrados del CNE, la personería de Progresistas- que surgió tras la escisión del Movimiento Alternativo Indígena y Social (Mais)- podía hacerse efectiva solo cuando esa casa política resolviera los procesos administrativos en su contra.
Según la Ley 1575 de 2011, que adopta reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en su Artículo 14, las colectividades que tengan investigaciones administrativas no se pueden fusionar. “No podrá a