En el artículo 3o del Decreto expedido por el presidente Luis Echeverría el 9 de noviembre de 1971, en virtud del cual El Colegio Nacional fue objeto de encomiable reorganización, se precisa que “es propósito del Colegio” esforzarse “para que el conocimiento especializado de cada uno de sus miembros concurra fundamentalmente a fortalecer la conciencia de la Nación”.

Creo que pocos temas podrían llenar mejor ese requisito que el que voy a examinar en la serie de conferencias que hoy se inicia. La proscripción de las armas nucleares en la América Latina —a la que me cupo el honor de estar íntimamente vinculado desde el período de su gestación y de presidir después la Comisión Preparatoria que debía convertirla en realidad— constituye, en efecto, una empresa a la que México ha tenido el priv

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