El Gobierno está negociando cambios para incentivar más esta fórmula de compatibilidad de la pensión y el trabajo, con la que una persona ya jubilada vuelve a trabajar a tiempo parcial

Estos son los cambios en la jubilación parcial, activa y demorada en vigor desde abril

Tras los cambios en la jubilación parcial, demorada y activa en vigor desde hace unos meses, el Gobierno está ultimando una reforma de la denominada “jubilación flexible”. Es la fórmula por la que una persona que se ha jubilado vuelve a trabajar a tiempo parcial, cobrando el salario y parte de la pensión, y que el Ejecutivo pretende incentivar más para hacerla más atractiva. Aún en la mesa de negociación con patronal y sindicatos, se debaten varias medidas, como las horas que se pueden trabajar con esta modalidad mixta, así como una posible mejora de las pensiones de quienes se jubilaron de manera anticipada forzosamente.

La reunión del diálogo social de esta semana entre la Seguridad Social y los agentes sociales fue determinante por varios motivos. Por un lado, el Ministerio que dirige la ministra Elma Saiz confirmó que la jubilación flexible seguirá denominándose como tal y no “jubilación reversible” como había propuesto, un término que no había gustado en los sindicatos ni en otros departamentos del Gobierno. Por otro, el Ejecutivo se abrió a analizar algunas propuestas de los agentes sociales a las que se había negado hasta el momento, explican fuentes de la mesa negociadora.

La nueva regulación de la jubilación flexible, comprometida en el último acuerdo de pensiones, no requiere pasar por el Parlamento, ya que se desarrollará en un real decreto. La intención del Gobierno es ampliar el número de personas que acuden a esta fórmula de manera voluntaria, que en la actualidad es residual: ronda las 3.200 personas de un total de más de 6,5 millones de pensiones de jubilación.

Saiz destacó en una entrevista esta semana que la jubilación flexible se plantea desde la “voluntariedad” y no consiste en obligar a un jubilado a volver al mercado laboral porque “no te llegue la pensión”. “La esperanza de vida no es la misma que hace 20 años. Al final, lo que estamos haciendo es acompañar la norma a la realidad, a la esperanza de vida, pero siempre, y quiero ser muy clara, no son decisiones que tienen que tomarse por insuficiencia, por precariedad, por sufrimiento, sino desde la voluntariedad”, indicó la ministra.

Vuelta a trabajar, como asalariado o autónomo

La reforma que está sobre la mesa en estos momentos modifica algunas cuestiones básicas de la jubilación flexible vigente en la actualidad. Por ejemplo, ahora está restringida a que la vuelta a la actividad de la persona jubilada sea a través de un contrato laboral a tiempo parcial, por cuenta ajena. Por ejemplo, con un trabajo con un horario del 40%, el pensionista pasa a percibir el salario de ese empleo a tiempo parcial más un 60% de la pensión (que se reduce proporcionalmente a la jornada de trabajo).

La propuesta que plantea el Ejecutivo permitiría además la compatibilidad de la pensión con un trabajo autónomo, por cuenta propia. Aunque con una condición: siempre que en los cinco años anteriores a la jubilación el pensionista no hubiera estado en alta como autónomo, un plazo aún a debate en la mesa de negociación, según fuentes del diálogo social. En este caso de compatibilidad con el trabajo autónomo, el importe de la pensión a percibir sería “del 20%”, recoge el decreto propuesto por el Gobierno sometido a audiencia pública.

A debate: cuántas horas de trabajo y el porcentaje de pensión

El Gobierno plantea también modificar la jornada laboral permitida en esta modalidad mixta de pensión y trabajo. Desde abril, el límite se sitúa entre un mínimo del 25% y un máximo del 75% de la jornada a tiempo completo y el Ejecutivo ha propuesto llevar estos límites a una jornada del 40% al 80% del total.

Los sindicatos reclaman rebajar el mínimo, que se pueda acceder a esta jubilación flexible trabajando menos horas, una opción que el Ministerio de Elma Saiz se abrió a considerar en la última reunión, según fuentes del diálogo social.

Por otro lado, la reforma sobre la mesa mejoraría el porcentaje de pensión que se percibe en estos momentos con la jubilación flexible. La Seguridad Social ha planteado dos supuestos:

– Cuando la jornada esté comprendida entre el 60% y 80% (del tiempo completo), el importe de la pensión compatible con el trabajo se incrementará en un 20% adicional.

– Cuando la jornada sea igual o superior al 40% e inferior al 60%, el importe de la pensión se incrementará en un 10% adicional.

Es decir, si se trabaja con una jornada del 60%, ya no se cobraría el 40% de pensión, sino el 60% (40% + 20% adicional). Con una jornada del 40%, se cobraría un 70% de pensión (60% + 10% adicional), según la propuesta del Ejecutivo.

Este es otro de los puntos que siguen abiertos en la mesa de negociación, con la reclamación de los sindicatos de que se puedan mejorar más estos porcentajes de cobro de pensión para las personas asalariadas, pero también la propuesta del 20% de pensión para quienes se reenganchen al mercado laboral con un trabajo como autónomos.

¿Aumento de pensión a los retirados de manera forzosa?

Los aumentos propuestos en la cuantía de la pensión a percibir durante la jubilación flexible van acompañados de otro cambio: el nuevo periodo trabajado ya no se tendría en cuenta para recalcular la pensión de jubilación. “Las novedades descritas compensan que la pensión de jubilación ya no podrá verse mejorada, como sucedía hasta ahora, por la toma en consideración de los períodos cotizados durante el desarrollo de la actividad compatible con la pensión”, recoge el borrador de real decreto sometido a consulta pública.

Los sindicatos habían reclamado que se siguiera permitiendo recalcular la pensión, sin éxito hasta el momento. Sin embargo, fuentes de la negociación apuntan que en la última reunión la Seguridad Social se abrió a considerar la mejora de la pensión de un colectivo, que los sindicatos han priorizado: el de aquellas personas que se hayan tenido que jubilar de manera forzosa a través de la jubilación anticipada involuntaria, principalmente fruto de despidos y ERE.

La negociación sigue abierta, con el compromiso del Ministerio de mandar una nueva propuesta a los agentes sociales en los próximos días, una vez valoradas sus demandas y las recibidas en el trámite de consulta pública. Cuando el departamento de Saiz defina finalmente el real decreto, su aplicación se prevé bastante ágil, ya que no debe pasar por el Congreso de los Diputados. Requiere de la valoración del Consejo de Estado, y después iría al Consejo de Ministros y se publicaría en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno plantea una entrada en vigor de la norma a los tres meses de su publicación, para dar tiempo a la Seguridad Social a adaptarse a los cambios. Para las pensiones de jubilación flexible ya iniciadas con anterioridad, “se seguirán rigiendo por la normativa aplicable al iniciarse la actividad compatible hasta su cese”, contempla el actual borrador.