La Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles la modificación a la Ley 26.122, que reglamenta el uso de los Decretos de Necesidad y Urgencia por parte del Poder Ejecutivo y establece una serie de diferencias en el trámite legislativo.

Con la nueva normativa, los DNU ya no mantendrán su vigencia mientras no sea rechazado por ambas cámaras, o ratificada por una de ellas, como sucedía hasta aquí.

Desde ahora, un decreto se considerará aprobado cuando tanto el Senado como la Cámara de Diputados se expresen por mayoría absoluta de sus legisladores, en un plazo de 90 días desde la publicación en el Boletín Oficial.

En caso de no ser tratado en esos 90 días por alguna de las dos cámaras de Congreso, se lo considerará caído; es decir, sin validez.

“El rechazo del decreto por

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