
Hacienda tiene hasta el próximo 31 de diciembre para pagar las cantidades que adeuda a los jubilados que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales por un error de la Agencia Tributaria . Los mutualistas que se beneficiaron de la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo ya están esperando la devolución de las cantidades pendientes. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la devolución de Hacienda a los mutualistas y los intereses que tendrán que abonar desde el fisco si no pagan a tiempo.
Millones de jubilados esperan durante estos meses la devolución de Hacienda por el IRPF pagado de más en su día. La famosa disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la LIRPF , que lleva en el foco de la noticia después de que el Tribunal Supremo ordenara a Hacienda pagar el 100% a los que tributaron de más antes de 1967 y el 25% a los que lo hicieron entre 1967 y 1968. En total, 4,98 millones fueron los perjudicados por un error en su día de la Agencia Tributaria que repercute a los ejercicios de entre 2019 y 2022 y los anteriores no preescritos.
Como indica la Agencia Tributaria en su página web, para «poder aplicar la reducción prevista en la DT 2ª es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades, en todo caso en una fecha anterior a 1 de enero de 1999, y que esas aportaciones no hayan podido ser objeto de reducción o minoración en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento». No podrán aplicar esta redución los beneficiarios de las siguientes pensiones:
- Satisfechas por clases pasivas a los funcionarios públicos.
- Obtenidas por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos.
- De viudedad.
- No contributivas.
Los intereses de Hacienda si no paga a tiempo
Así que Hacienda ya está manos a la obra para proceder a las devoluciones después de que el Congreso diera el OK para volver al pago único después de una sucesión de catastróficas desdichas del Gobierno. Primero, desde el ministerio de María Jesús Montero establecieron un pago único para devolver el dinero del IRPF, después lo cancelaron tras haber gastado 1.300 millones de euros y después aplazaron sus deudas hasta el próximo 2028.
Vista la indignación generada, el Gobierno , como suele ser habitual, retrocedió en sus pasos y volvió al pago único inicial. Para ello, necesitaba la aprobación del Congreso y eso lo obtuvo el pasado 25 de julio después de que saliera adelante una enmienda introducida en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor . Así que, con el consentimiento de la cámara baja, la Agencia Tributaria comenzó a preparar las devoluciones millonarias del IRPF.
Los beneficiarios de estas devoluciones que presentaron el formulario antes del 26 de julio no tendrán que realizar otra vez la solicitud y los que no lo hayan hecho tendrán que hacerlo dentro de estas fechas, según informa la Agencia Tributaria :
- El 2 de febrero de 2026 para que tenga efectos sobre IRPF 2020, 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2027 para que tenga efectos sobre IRPF 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2028 para que tenga efectos sobre IRPF 2022.
Una vez presentado, Hacienda procederá a devolver el IRPF pendiente a los mutualistas. Primero resolverá los casos de los formularios más simples y puede que en los casos más complejos se demore unas semanas más, en una práctica que se realiza con la declaración de la renta . Si estás en esta situación, debes saber que Hacienda tiene de plazo hasta el próximo 31 de diciembre para hacer frente a los pagos y, en caso de no cumplir con sus obligaciones, tendrá que devolver el dinero con unos intereses del 4,0625%. A medida que aplace los pagos, estos intereses irán aumentando en proporción a la cantidad adeudada.