La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, condenó al exsenador Carlos Emiro Barriga Peñaranda, por el delito concierto para delinquir agravado y le impuso una pena de 120 meses de prisión, multa equivalente a 3.999 salarios mínimos legales mensuales vigentes y accesoria.
Además, lo inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal privativa de la libertad.
La Sala negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, disponiéndose librar la orden de captura correspondiente con la finalidad de que cumpla la sanción impuesta.
Para la Sala Especial, las pruebas practicadas en el juicio demostraron que Barriga Peñaranda, se concertó con el frente fronteras del bloque Catatumbo de