Al respecto, se emitió el oficio FGE-18S.1/1/2252/2025, en el que se explica que la no aceptación se da en virtud a que hasta el momento no se muestran argumentos firmes que indiquen una vulneración de los Derechos Humanos del quejoso por parte del personal de esta institución.
Es importante enfatizar, que desde que se modificó la medida cautelar del quejoso, la Fiscalía General del Estado no cuenta con facultades para realizar labores de supervisión, y que en esta etapa del proceso éstas corresponden únicamente al Instituto de Servicios Previos al Juicio, por lo que la institución rechaza cualquier señalamiento sobre procedimientos indebidos.
La Fiscalía General del Estado, hace patente su compromiso con una procuración de justicia en total apego a la legalidad del Sistema de Justicia P